Seguros

Conoce los sinestros que comúnmente cubren las pólizas de seguro

Cuando una persona comienza a buscar las alternativas de aseguradoras, tienden a confundirse ante la terminología que se utiliza en el área, como también, ante la multiplicidad de aspectos que debe de considerar antes de firmar, y por supuesto pagar.

Siendo uno de los rasgos más importantes, el conocer las distintas coberturas de los seguros, para saber cuál es escoger, ante la eventualidad que deseas protegerte.

¿Qué es una cobertura de seguro?

Lo primero que debes hacer es entender en sí de que trata la cobertura de seguro, en sentido general, esta hace referencia a la obligación que contrae una compañía de seguros, frente a una persona que contrata la póliza.

De esta forma, la empresa se compromete a prestar auxilio, ayuda, apoyo o bien a retribuir un monto como indemnización ante la eventualidad que ocurra y que el seguro deba de cubrir.

¿Cuáles son las coberturas más comunes?

Ahora que sabes bien, de que trata una cobertura, conviene que entiendas cuales son los eventos que más se presentan y que son objeto de las pólizas de seguros.

Vamos a rendirte una breve reseña de cada uno, para que puedas saber cómo los aprecia una aseguradora, y si deseas contratar un seguro para proteger ante los mismos: 

Accidentes

Se entiende por accidente todo hecho o acción que de forma inesperada afecta la integridad de una persona o un bien de su propiedad.

El ejemplo más común de ello, podemos verlo plasmado en los accidentes de tránsito, donde los vehículos colisionan y sufren en sus estructuras. O cuando por el impacto los usuarios del auto, sufren lesiones, o en el peor de los casos la muerte.

Ante cualquiera de las ocurrencias, un seguro de automóviles, cuenta con una cobertura total, donde ayuda cubriendo los gastos, a través de indemnizaciones monetarias o por medio de reparaciones que pueden llevar a cabo en talleres autorizados por la misma aseguradora.

Fallecimiento

El peor evento que puede sobrevenirle a una persona es la muerte, por ello, existen los seguros de vida, cuya cobertura ayuda ante esta. Pero ¿cómo? Sencillo prestan una remuneración a los beneficiarios, que en este caso, son los familiares más directos del asegurado, que es quien ha fallecido.

Por ejemplo, una persona contrata un seguro de vida, porque sabe que cuenta con una enfermedad terminal, motivo por el cual, para no dejar desamparados a sus hijos ni a su espacio, los suscribe como beneficiarios de esta, quienes recibirán una cuantiosa suma, como indemnización.

Dependiendo de la cobertura es posible que se cubran los gastos funerarios, como también los conceptos que sean generados a razón de la cremación. En todo caso, las pólizas son bastante claras sobre los términos y servicios a los cuales se obliga la aseguradora, y que por su parte tiene derecho a reclamar el asegurado.

Enfermedades

Conforme a la cobertura de la cual se trate, el asegurado puede contar con el auxilio de la empresa en caso de consultas médicas, exámenes de rutina, hospitalizaciones y gastos relacionados con las operaciones (si las coberturas son totales la empresa puede cubrir el pre y post).

Invalidez

Entiéndase por ello, toda acción o hecho que sucede en la integridad de la persona, y conforme al cual, después del evento sus facultades físicas, mentales y motoras se ven mermadas en su ejecución.

Ante esto el seguro se encarga de cubrir una parte, dependiendo de la eventualidad y del hecho que origino la misma. Por ejemplo esta es una cobertura muy común que contratan las empresas, para poder cubrir los accidentes labores.

Un caso muy frecuente, son aquellos que se presentan a razón de las cortadoras y tronzadoras que implican el manejo por parte del operador. En el caso de las guardias rotativas y nocturnas, los trabajadores suelen cansarse y lesionarse con las máquinas.

Ante esto, la empresa notifica a la empresa aseguradora del evento, y la misma cubre los gastos de hospitalización, las consultas posteriores y si hay lugar, cumple con cubrir los gastos  de rehabilitación, claro está, si la invalidez es temporal.

En caso tal, de que la invalidez sea permanente, dependiendo de la empresa aseguradora y de la póliza contratada, esta puede cubrir parte de los gastos que implique la prótesis.     

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